En 2024 surgió el Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual, en mayo de 2025, tuvo un acumulado de  47.4 mil millones de pesos.

Una parte de estas aportaciones proviene de los recursos de las cuentas individuales inactivas y no reclamadas de trabajadores de 70 años o más, en el IMSS, o 75 años o más en el ISSSTEm que no hayan cotizado en el último año.

Por ello, es importante que conozcas qué pasa con estos ingresos.

“El capital del Fondo de Pensiones para el Bienestar que proviene de las Cuentas Individuales inactivas es resguardado hasta que los titulares o beneficiarios de esos recursos solicitan su devolución, ya que, por ley, esos recursos son propiedad del trabajador y no prescriben.

Para poder aprovechar estos ingresos es importante revisar el Estado de Cuenta de la Afore, señaló Gerardo Chavarría, gerente de iniciativas de Negocio en Afore SURA.

¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

Es un fideicomiso público para dar un complemento económico a los trabajadores jubilados cuyo salario haya sido igual o menor a 17 mil 885.85 pesos mexicanos, monto equivalente al salario mensual promedio del IMSS en 2026, a fin de que reciban una pensión igual a su último salario cotizado, siempre y cuando no sea mayor al límite señalado.

El experto, explicó que por ejemplo, si en 2026 el salario promedio de cotización ante el IMSS fuera de 15 mil pesos y el último salario del trabajador se ubica en ese promedio, pero la pensión calculada en la resolución de pensión es de 10 mil pesos, el gobierno otorgaría un complemento por 5 mil pesos para alcanzar el promedio de su último salario.

“En contraste, si el último salario del trabajador fue de 12 mil pesos y la pensión determinada es de 11 mil 500, el complemento se limitaría a cubrir la diferencia para alcanzar los 12 mil pesos, sin posibilidad de equipararse al promedio de 15 mil , ya que el beneficio se determina con base en el último salario del trabajador y no en el promedio general”, detalló.

Para obtener este beneficio, es indispensable que el trabajador haya comenzado a cotizar en el IMSS a partir del 1 de julio de 1997 o en el ISSSTE bajo el régimen de Cuentas Individuales.

Asimismo, debe iniciar su trámite de pensión a los 65 años o más, es decir, exclusivamente bajo la modalidad de Vejez, y que su monto de jubilación sea menor a su último salario cotizado e igual o menor al salario mensual promedio registrado en el IMSS.

Para que las personas candidatas a beneficiarias de este fondo puedan acceder a este complemento, es necesario que acudan a la institución donde cotizaron por última vez.

¿Cómo puedes recuperar tus recursos?

Para verificar si tus recursos se transfirieron a este fondo, consulta la página de internet de Afore web e ingresa tu CURP o Número de Seguridad Social.

En caso de que tus aportaciones sí se encuentren en este fideicomiso y decidas recuperarlas, deberás acudir al organismo donde cotizaste (IMSS o ISSSTE) para tramitar una resolución, concesión o negativa de pensión y poder continuar con el proceso de devolución en alguna de estas instituciones.

Cabe destacar que, por ley, en junio de este año las Afores deben volver traspasar al Fondo de Pensiones para el Bienestar los recursos no reclamados de Cuentas Individuales inactivas de trabajadores de 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE). Por ello, es importante que conozcas el estado de tus recursos.

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