En México, aproximadamente 17.4 millones de cuentas individuales de ahorro para el retiro no están registradas por sus titulares en la Administradora de Fondos para el Retiro (afore) de su preferencia.

Aunque los recursos acumulados reciben gestión financiera, permanecer en estatus de asignación limita el control directo sobre el dinero y complica el seguimiento de trámites esenciales.

Existen diferencias operativas de fondo entre la asignación por ley y el registro voluntario. El trabajador que omite la formalización de su trámite mantiene su patrimonio expuesto a los procesos automáticos de transferencia institucional dictados por la autoridad regulatoria.

“Más de 17 millones de cuentas asignadas representan millones de decisiones pendientes sobre el futuro financiero. Elegir y registrar una Afore permite saber quién administra el ahorro, mantener la información actualizada, revisar las aportaciones y comenzar a construir una estrategia de Ahorro Voluntario”, explica Gerardo Chavarría, gerente de Iniciativas de Negocio en Afore Sura.

 

Consecuencias de la falta de elección de Afore

Al iniciar la cotización ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sin la selección explícita de una administradora, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) asigna la cuenta a una entidad con base en indicadores de rendimiento neto y comisiones cobradas.

Esta asignación carece de carácter permanente. Conforme al artículo 126 de las Disposiciones de carácter general en materia de operaciones del Sistema de Ahorro para el Retiro, las cuentas sin registro explícito se asignan de manera anual o se reasignan cada dos años entre las administradoras con mejores métricas.

La reasignación implica la transferencia del saldo a una nueva afore si el titular persiste en la omisión del registro. No obstante, el derecho de selección prevalece: el trabajador conserva la facultad de formalizar el registro en la administradora de su preferencia en el momento que determine.

Asignación frente a registro voluntario

  • Asignación: Procedimiento ejecutado por la Consar mediante mecanismos normativos para ubicar la cuenta no reclamada en una administradora determinada.
  • Registro: Trámite formalizado por la voluntad del trabajador para seleccionar la afore de su conveniencia, hecho que establece un vínculo directo con la entidad financiera para la atención de la Cuenta Individual.

La omisión del registro posterga el acceso a herramientas clave para la gestión patrimonial. Al formalizar la cuenta, el trabajador obtiene los siguientes beneficios operacionales:

  • Confirmación y actualización de expedientes e información personal indispensables para la gestión de trámites.
  • Atención al cliente e información directa por parte de la administradora seleccionada.
  • Consulta regular de movimientos y saldos a través del Estado de Cuenta oficial.
  • Ejecución de aportaciones voluntarias para potenciar el saldo final del retiro.

 

Procedimiento para la localización de la cuenta

Para iniciar el trámite de registro, el trabajador debe identificar la ubicación actual de sus recursos. La consulta se efectúa sin costo mediante los siguientes canales:

  • Plataforma digital AforeWeb.
  • Aplicación móvil AforeMóvil.
  • Centro de atención telefónica SARTEL (55 1328 5000).

Tras ubicar la administradora temporal, el paso posterior exige evaluar los rendimientos y comisiones del sistema para solicitar la formalización del registro en la entidad elegida.

 

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