Ante la creciente ola de fraudes digitales, el sector financiero mexicano ha implementado una nueva herramienta regulatoria diseñada para brindar una capa adicional de seguridad a los usuarios: el Monto Máximo de Transferencia Única (MTU).
Esta medida, de carácter obligatorio, permite a los usuarios fijar un tope a las transferencias bancarias digitales que realicen a cuentas de terceros, otorgando así un mayor control sobre su dinero.
Es crucial entender que el MTU aplica por operación y no por periodos (aunque algunos bancos ofrecen límites diarios o mensuales de manera adicional).
Esta regulación se extiende a toda la banca electrónica e incluye métodos de pago como SPEI, CoDi y Dimo.
¿Qué es el MTU y a quién aplica?
El MTU es una herramienta de seguridad que limita la cantidad máxima de dinero que una persona física puede transferir a cuentas de terceros (amigos, familiares, proveedores, pago de renta o tarjetas de crédito de terceros) en una sola operación.
El mecanismo de seguridad aplica en las operaciones realizadas a través de:
- Aplicación móvil y banca en línea (sitios web del banco).
- Banca por teléfono (voz a voz) y banca de audio respuesta.
¿Para quién y para qué NO aplica?
El candado del MTU no aplica para:
- Personas morales (banca empresarial).
- Cuentas propias del usuario (transferencias entre tus cuentas en distintos bancos).
- Pagos de tus propias tarjetas de crédito.
- Operaciones físicas (pagos o depósitos en ventanilla).
- Compras con tarjetas de crédito y débito en comercios.
¿Cuál es la fecha límite?
El 1 de octubre de 2025, a más tardar, los bancos debieron habilitar la opción de configurar el MTU. Si el cliente no lo fija, la institución tiene la opción de establecer un límite sugerido por cuestiones de seguridad.
A partir del 1 de enero de 2026, todos deberán tener configurado su MTU de forma obligatoria. Si el usuario no lo ha hecho, el banco lo establecerá con base en su historial de operaciones.
Aunque la regulación no contempla multas directas para el usuario que no lo configure, la obligatoriedad recae en los bancos para que apliquen un límite de seguridad.
¿Qué monto fijar?
El monto sugerido por la regulación es de 1,500 Unidades de Inversión (Udis), equivalente a aproximadamente 12,830 pesos (al 3 de octubre), aunque esta cifra es un referente.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sugiere a los bancos calcular el MTU a partir del promedio transaccional de los últimos meses del cliente o el promedio de usuarios del mismo segmento.
¿Puedo cambiarlo?
La gran ventaja del MTU es que es totalmente configurable por el usuario y se puede modificar las veces que sea necesario, sin costo alguno.
La forma más común de hacerlo es a través de la aplicación móvil del banco (generalmente en la sección de ‘Límites de operaciones’ o ‘Configuración’).
Incluso, al intentar realizar una transferencia que exceda el límite fijado, el banco debe notificar al usuario y darle la opción de cambiar el MTU de forma definitiva o sólo por esa ocasión, previa autenticación (como datos biométricos o claves).
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