Si eres una personas física cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad tributaria a un régimen distinto y tus ingresos del año anterior no superaron los 3.5 millones de pesos, tienen la opción de volver a contribuir en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico)
A partir del 1 de enero de 2025 puedes regresar a tributar en este Régimen, si es al que debes pertenecer.
Para ello es necesario presentar un aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2025.
Para ampliar los beneficios de este régimen, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, también pueden optar por tributar en el Resico.
Este régimen para personas físicas está dirigido a quienes tienen ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos y que realizan actividades en el sector primario, actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o perciben ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).
El Resico tiene como objetivo facilitar el pago del impuesto sobre la renta (ISR) y ofrece los siguientes beneficios:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Tasas mínimas del ISR.
Recuerda que quienes contribuyan en este régimen quedan relevados de presentar la declaración anual por los ingresos correspondientes y solo deberán realizar pagos mensual.
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