El Retiro Parcial por Desempleo es un trámite mediante el cual puedes disponer de una parte del dinero acumulado en tu Cuenta Individual de Afore por concepto de desempleo, que será descontado de tu subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV).
Si bien realizarlo es un derecho que todo poseedor de una Afore tiene, existen normativas. Gerardo Chavarría, gerente de Iniciativas de Negocio y Apoyo Comercial en Afore Sura, explica, que este trámite sólo se puede ejercer una vez cada cinco años.
Indica que es un requisito que al momento en que lo solicites, hayas pasado 46 días naturales sin empleo y al menos tres años con una Cuenta Individual.
“También deberás contar con una cuenta bancaria con tus datos biométricos registrados, pues la cantidad que retirarás se te enviará por medio de transferencia”.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) los mexicanos que se quedaron sin empleo sacaron 2,125.4 millones de pesos de su cuenta individual en septiembre pasado.
¿Cómo hago el retiro si cotizo en el IMSS?
En caso de que seas un trabajador del sector privado, te corresponde cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tu acumulado se contabiliza en semanas.
Para poder ejercer tu derecho de trámite, Chavarría indica que necesitarás tu Número de Seguro Social (NSS), así como tu Expediente Electrónico actualizado.
Asimismo, detalla que tienes dos opciones de retiro en caso de desempleo en el IMSS:
- Tipo A: 30 días del último salario base de cotización (SBC) acreditado a tu cuenta con un tope de 10 veces la Unidad de Medida Actualizada (UMA).
- Tipo B: Lo que resulte menor entre 90 días de tu salario promedio de las últimas 250 semanas (o las que tengas al momento de tu solicitud), o el 11.5% del saldo de la subcuenta de RCV.
¿Y si cotizo en el ISSSTE?
Si, por el contrario, eres un trabajador del Estado, te corresponde cotizar al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) , en este caso, Chavarría dice que requerirás acudir al ISSSTE por tu certificación de desempleo y posteriormente a un módulo de tu Afore.
«También deberás contar con tu Expediente Electrónico actualizado, documento CURP e identificación oficial», reitera.
Apunta que la cantidad que puedes retirar deberá ser la que resulte menor entre 75 días de tu sueldo base de los últimos 5 años o el 10% del saldo registrado en tu subcuenta de RCV.
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