Cumplir con el pago de impuestos no tiene porque ser un dolor de cabeza o darle más dinero al fisco. También existe la posibilidad de que puedas deducir tus gastos personales y tengas un dinerito extra.

Y es que en caso de tener deducciones personales a tu favor podrás solicitar al Servicio de Administración Tributaria la devolución de estos.

“Considera que esta devolución puede ayudar a sanear tus finanzas, reducir tus deudas, cumplir tus metas de ahorro o inversión, incluso puede ayudarte a construir tu fondo de emergencia”, recomendó Juan Luis Ordaz, director de Educación Financiera Citibanamex.

¿Qué puedes deducir?

Si no sabes cuales son los gastos que puedes deducir, aquí te presentamos un listado.

Recuerda que debiste pedir una factura cuando pagaste por un servicio, para que se vea reflejada a la hora de presentar tu declaración anual.

  • Análisis y/o estudios clínicos
  • Gastos hospitalarios
  • Honorarios médicos, dentales, de psicología, nutrición y ópticas
  • Cuentas de ahorro o seguros con planes de retiro, pensiones o jubilaciones
  • Colegiaturas en escuelas privadas
  • El transporte escolar
  • Gastos funerarios
  • Intereses reales devengados por créditos hipotecarios

Espera… No quieras deducir todo

Las deducciones tienen un límite para disminuirse de los ingresos acumulables, por lo que:

  1. No podrán exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) elevadas al año o el 15% del total de los ingresos obtenidos en el ejercicio.
  2. No podrás deducir facturas pagadas en efectivo por gastos médicos, de colegiaturas o transporte.
  3. Los contribuyentes que tributaron en el Resico durante el ejercicio no podrán aplicar deducciones personales.
  4. La inflación afecta las deducciones por intereses de créditos hipotecarios.

 

Si tienes dudas visita el micrositio del SAT

 

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