De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) los trabajadores tienen derecho a recibir un salario doble, independientemente del salario que les corresponde, por laborar los días de descanso obligatorios, conocidos como días festivos. 

De acuerdo con la más reciente encuesta de OCCMundial, el 16%  de los trabajadores laboran estos días con normalidad y no se les paga lo que les corresponde por ley.

Los resultados indican que 67% de los encuestados mencionó que en sus lugares de trabajo no laboran los días de festivos reconocidos por la Ley Federal del Trabajo, mientras que 14% señaló que les pagan el triple de su salario, en tanto que 3% dijo que trabaja bajo el calendario festivo de Estados Unidos. 

Los días de descanso obligatorio establecidos actualmente en el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo son:

  • 1 de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1 de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

 

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