Con el propósito de otorgar facilidades fiscales a los contribuyentes, el Servicio de Administración
Tributaria (SAT) presenta prórroga al 31 de diciembre de 2022 para los siguientes trámites:

  1.  Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.
  2. El uso de la factura electrónica 3.3 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a
    partir del 1 de enero de 2023.
  3. Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus
    facturas electrónicas con Factura fácil y Mi nómina a través de Mis cuentas sin la
    necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un
    Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.
  4. Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza deberán
    contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de
    2022.
  5. Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su
    Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que
    durante dicho periodo no les sea aplicable una multa

«El SAT es una institución que constantemente busca mejoras, por esta razón, para el caso
de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas
de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor
periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas».

Con estas acciones se busca que los procesos sean cada vez más simples para cumplir con
el abc institucional: aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la
corrupción.

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