Recuerda que situaciones en tus viajes como quedarte varado en el aeropuerto, no recibir tu equipaje documentado o ser afectado por la sobreventa de lugares, las puedes denunciar ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Y es que todas las personas que realizan viajes en avión tienen derechos que deben ser respetados y recibir compensaciones con base en las leyes.

La Ley Federal de Protección al Consumidor y de Aviación Civil establecen estos derechos a favor de los pasajeros de viajes en avión, los cuales deben ser cumplidos y respetados.

Además, las personas deben recibir un trato digno y toda la información necesaria por parte de la aerolínea, para que conozcan las opciones y alternativas en caso de verse afectados.

Compras en viajes

Recuerda que es una obligación del proveedor dar a conocer los términos y condiciones aplicables al momento de comprar un boleto de viaje.

Además, el costo del viaje debe incluir las tarifas, comisiones e impuestos, sin embargo, la aerolínea no puede obligar a las personas consumidoras a adquirir servicios adicionales.

Si por alguna razón el pasajero decide no realizar el viaje, puede solicitar a la aerolínea, en un lapso de 24 horas posteriores a la compra, la devolución del monto por el boleto.

Retrasos de vuelos

En caso de que haya un retraso en el vuelo, las personas afectadas deben ser informadas a través de medios electrónicos o en los módulos de atención de la empresa.

La Profeco destaca que ante esta situación, los consumidores pueden recibir algunas opciones, por ejemplo, cuando la demora sea superior a 1 hora e inferior a 4 horas, se otorgará como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino o alimentos y bebidas.

En caso de que sea mayor a dos pero menor a cuatro horas y se aplique un descuento, éste no debe ser menor al 7.5% del precio del boleto.

Cuando la demora es mayor a 4 horas o se da la cancelación del vuelo y la aerolínea es responsable, la población consumidora tiene opción de elegir:

  1. El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje;
  2. Transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o
  3. Transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

Sobrevuelos o cambios

Si no permiten el abordaje debido a una sobreventa de vuelo, el pasajero tiene la opción de elegir los beneficios que se otorgan en caso de cancelación.

Ante un cambio en el itinerario o si se presenta cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado, la aerolínea informará al pasajero con al menos 24 horas de anticipación a la salida del vuelo.

Esta información se dará través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico.

El pago de compensaciones e indemnizaciones deben cubrirse en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación.

Equipaje

En cuanto al equipaje, las personas viajeras pueden documentar sin costo hasta 15 o 25 kg de equipaje, según la capacidad de la aeronave, así como dos piezas de equipaje de mano que en conjunto no excedan 10 kg.

En caso de exceso, de acuerdo a la capacidad disponible, la aerolínea tendrá derecho a solicitar un pago adicional.

 

 

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